El 2022 es un año de grandes cambios y novedades para las sociedades en España. Hoy nos centramos en el impuesto de sociedades para el año 2022, el cual está recibiendo algunas modificaciones a la ley 27/2014 del impuesto de sociedades que hay que tener en cuenta para nuestro negocio a lo largo de este año.
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Qué es el impuesto de sociedades
El impuesto de sociedades es un tipo de impuesto que grava los beneficios que obtienen las empresas y demás entidades con personalidad jurídica que tienen su residencia en territorio español. Este se realizará en función de los beneficios obtenidos en el año completo de actividad.
Modificaciones en el impuesto de sociedades en 2022
El artículo 61 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2022 introduce las siguientes modificaciones bastante interesante:
- Tributación mínima
- Nueva definición de cuota líquida
- Se modifica el artículo 41 sobre deducciones de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.
- Modificación del Régimen de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas
- Modificación del Régimen Especial de Consolidación fiscal.
Impuesto sobre Sociedades
De manera resumida, podremos encontrar las siguientes novedades en el impuesto de sociedades en 2022:
- Para las empresas, se establece una tributación mínima del 15% de la base imponible en los casos donde cuyo importe neto de cifra de negocio sea igual o superior a 20 millones de euros anuales o, en otro caso, tributen a través del régimen de consolidación fiscal, con independencia del importe de cifra de negocios.
- Si la empresa es de nueva creación a partir de 2022, la tributación mínima será del 10%, actualmente es del 15% para las nuevas empresas.
- También se reduce el tipo para las entidades de crédito y de exploración e investigación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos del 30% al 18%.
- En el caso de sociedades que se dediquen al arrendamiento de viviendas, la bonificación fiscal se reduce del 85 al 40%. Lo que supone una rebaja del impuesto considerable.
Nueva definición de cuota líquida
Al considerarse una modificación del artículo 30 de la LIS en el que se incluye el siguiente párrafo:
“Sobre la cuota íntegra se aplicarán las bonificaciones y deducciones que procedan previstas en la normativa del Impuesto dando lugar a la cuota líquida del mismo que, en ningún caso, podrá ser negativa”
En realidad, no es una modificación como tal, sino más bien, se ha añadido una nueva definición que engloba más aspectos en esta misma.